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Impuestos
Prestación por desempleo en la modalidad de pago único.
- Materia: Derecho Fiscal y Tributario
- Especialidad: / Derecho Fiscal y Tributario / Impuestos
- Número: 4645
- Tipo de caso: Consulta
- Voces: DESEMPLEO
SUMARIO
- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO
- EL CASO
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL
- Partes
- Peticiones Realizadas
- Argumentos
- Normas y Artículos relacionados
- Documental aportada
- Prueba
- Resolución judicial
- JURISPRUDENCIA
- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS
- BIBLIOTECA
- Libros
- Artículos jurídicos
- CASOS RELACIONADOS
1. Seguridad Social. Prestaciones por desempleo. Modalidad de pago único. Percepción indebida por fraude de ley. |
2. Laboral. Demanda en materia de seguridad social en reclamación de subsidio de desempleo contra el Servicio Público de Empleo Estatal |
3. Dirección Provincial de Servicio Público de Empleo, revocación de la prestación por desempleo. Desestimación de la reclamación previa. |
Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
Solución propuesta.
Oviedo, 07-10-2010
Un cliente, persona física, en estimación directa simplificada, solicitó el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de Pago Unico, y le fue concedida una parte en concepto de la inversión que realizó para el inicio de la actividad, y el resto será abonado en pagos mensuales por las cuotas de autónomos.
¿Qué tratamiento tienen estos ingresos trimestral, deben ser declarados en el Mod. 130 en el trimestre en que se perciben como ingresos o hay que esperar a la declaración de la renta?.
¿Qué tratamiento tienen estos ingresos trimestral, deben ser declarados en el Mod. 130 en el trimestre en que se perciben como ingresos o hay que esperar a la declaración de la renta?.
Solución propuesta.
Los ingresos procedentes de la capitalización del desempleo NO tienen que declararse en las liquidaciones fiscales trimestrales sino en la declaración anual de renta.
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