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Robo y hurto de uso de vehículos
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 08-05-2008
- Materia: Derecho Penal
- Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra el patrimonio / Robo y hurto de uso de vehículos
- Número: 7754
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Recurso de apelación, ROBO, ROBO CON FUERZA, ROBO Y HURTO DE USO
1. Acusación Ministerio Fiscal |
2. Defensa |
3. Sentencia Primera Instancia |
4. Recurso de apelación |
5. Sentencia AP |
El 5 de Julio de 2004, Don Mario, estacionó y cerró su turismo. Después en una hora no determinada, Don Felipe, tras manipular la puerta accede al interior del vehículo y lo pone en funcionamiento, sin que haya acreditado que en tal hecho tuviesen participación Don Jose Manuela y Doña Rosa.
Que tras ello en un momento no determinado el vehículo meritado lo tres referidos y sabiendo los dos últimos que había sido sustraído por el primero, circulando el día 6 de Julio, detienen el vehículo y de mutuo acuerdo con el propósito de obtener un beneficio patrimonial, Doña Rosa y Don Felipe se dirigen al kiosco y quedándose vigilando Don Jose Manuel y tras romper la puerta de entrada al kiosco regentado por Doña Isabel, se apoderan de mercancía que había en el interior; pero como quiera que algún vecino había dado aviso a la policía, se presentó en el lugar una dotación por los que los tres referidos se dan a la huida pero Doña Rosa es alcanzada y fue detenida.
El vehículo sufrió desperfectos tasados en 150 euros y superando los 5.000 euros el valor venal de él; el género sustraído asciende a unos 60 euros y resultaron dañadas las mercancías contenidas en helados en importe no determinado.
Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es Don Jose Manuel, y su objetivo principal en Primera Instancia, es que se resuelva el procedimiento absolviéndolo de todos los delitos que se le imputan.
En Segunda Instancia, el objetivo es que solo se le condene por el delito de robo con fuerza en las cosas y que se le absuelva por el delito de hurto de vehículo.
La estrategia. Solución propuesta.
El objetivo pricipal del abgado, sería la libre absolucion de su patrocinado del delito de hurto del vehículo acreeditando que su defendido no participo de la sustraccion del mismo y que lo unico que hizo fue ocupar el vehículo.