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Responsabilidad Patrimonial de la Administración
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 20-10-2005
- Materia: Derecho Administrativo
- Especialidad: / Derecho Administrativo / Responsabilidad Patrimonial de la Administración
- Número: 8218
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, Responsabilidad patrimonial de la Administración
A Don Joaquín y Doña María le concedieron la Licencia Municipal de Obras, para la construcción de su vivienda. Segun establecen las partes, la concesión de la licencia implica por imperativo legal, que el suelo donde se construyó la casa, tenía y tiene la consideración de urbano, el cual conforme a lo dispuesto ha de contar como mínimo de un acceso rodado, abastecimiento de aguas y sumnisitro eléctrico.
Solar que en el momento de la concesión de la licencia de obra la que nos referimos, no cumplía los requisitos legales.
Los demandante procedieron a efectuar el acantarillado y desagüe de la vivienda.
Las partes procedieron a reclamar los daños patrimoniales que le han ocasionado tales instalaciones.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo de los clientes es conseguir que se le indemnicen por los daños patrimoniales que le ha causado el tener que llear a cabo obras de acondicionamiento para poder construir su vivienda.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia de abogado sería la de acreeditar que dichas obras de acondicionamiento, es de responsabilidad del Ayuntamiento por la calificación de urbano que tiene el suelo por el que se concedió la licencia de obras.